top of page

¿Si mi remuneración bruta es superior a $1.800.000 estoy gravado por ganancias? A por cierto, ¿Cuál es mi remuneración bruta? Y ¿Qué es el impuesto a las ganancias?

Si estas en esta disyuntiva, quédate a leer.


Si eres un trabajador en relación de dependencia regularizado (ó sea en blanco, cuestión lamentable de aclarar, pero es así) tu remuneración se ve reflejada en un recibo de sueldo más o menos de la siguiente manera:



Sumando los conceptos remunerativos y no remunerativos forman el total bruto.


Antes del 09/07/2024, no correspondería sumar los viáticos y las horas extras de forma integra en la remuneración bruta, pero con posterioridad a la sanción del paquete fiscal, estos dos conceptos se encuentran gravados por este impuesto.


Bueno, hasta el momento sabemos que, para este análisis la remuneración bruta es el conjunto de los conceptos remunerativos y no remunerativos menos los conceptos exentos, que en este caso no hay ninguno, pero si fueras boca de pozo estaríamos en otra cuestión.


Ahora, a responder la pregunta principal: ¿Si mi remuneración bruta supera el millón ochocientos ya estoy gravado por este impuesto? 




Para determinar la ganancia neta sujeta a impuesto, el poder ejecutivo y el legislativo determinaron las siguientes sumas que disminuyen la base imponible, estas son conocidas como las Deducciones personales y son:


1) Ganancia mínima no imponible (GAN MIN NO IMPO)

2) La deducción especial. (DEDUC ESPECIAL)

3) La deducción especial del SAC. (DEDUC ESPECIAL SAC)

Y en el caso de corresponder:

4) Hijo / hijo incapacitado para trabajar.

5) Cónyuge.


Esto no es todo, el impuesto también prevé que se descuenten deducciones generales como:

  • Alquiler de casa para vivienda permanente.

  • Medicina prepaga, gastos médicos.

  • Cuotas de colegios privados.

  • Seguros de vida y retiro.

  • Donaciones.

  • Pagos al servicio doméstico.


Aquí podrás encontrar la información especifica: https://www.afip.gob.ar/572Web/carga-datos/que-datos-cargar.asp


¿Cómo informo estos valores?

A través del famoso SIRADIG. El aplicativo de AFIP que cada empleado debe cargar y presentar cuando el empleador se lo requiera. En este aplicativo, deberás ingresar con detalle toda la información que se te requiera, porque de no hacerlo, no podrás descontar las deducciones generales y tampoco podrás descontar la deducción personal de hijo o cónyuge, porque este medio es la vía para notificar a la AFIP tu situación personal frente al impuesto. Por más que la AFIP pueda requerir esa información a la ANSES, o incluso cruzarla del libro sueldos digital, no lo va a hacer.


De la suma de ellas depende realmente si en tu caso en particular va a existir base imponible.


En los medios circula esta creencia, que superando el millón ochocientos ya eres susceptible de un descuento, pero tienes que analizar esta información minuciosamente para no desesperarte en el caso de que tu remuneración bruta se acerque a esa cifra.


¿Entonces que es el impuesto a las ganancias?

El impuesto a las ganancias es un impuesto anual que grava los beneficios obtenidos en la argentina en un periodo en determinado (entre otras particularidades), este impuesto está dividido en categorías según su origen, en nuestro caso estamos analizando la famosa cuarta (4ta) categoría, que grava al personal en relación de dependencia. Su mecanismo consta de determinar la ganancia neta y aplicarle una escala progresiva de alícuotas.


  • Al ser anual, la realidad del impuesto se determina mediante la declaración anual que usualmente se presenta en abril del año posterior, lo que sucede en el medio es el proceso de retención, donde liquidan mensualmente el impuesto con el prorrateo de las deducciones personales por cada mes.


Mientras se desarrolla el año, el liquidador utiliza las tablas de deducciones especiales y según la información que tiene (SIRAGID), calcula si ese mes corresponde retener un monto en carácter del impuesto a las ganancias o no. Así sigue hasta que tiene que presentar la declaración anual donde ahí finalmente determina la ganancia anual y ajusta según lo que sucedió en el año.


Lo que sucede es que a partir de la sanción del paquete fiscal “Paquete Milei" (no Cyrus) es que se publicó una nueva tabla con los valores y se dispuso que, a los fines de la declaración anual, estos van a ser retroactivos. Esto quiere decir que: se vuelve a calcular el impuesto sobre estas sumas -de enero a junio- independientemente de que anteriormente no estuvieras gravado - por estar afectado al impuesto cedular por ejemplo- (tampoco hay que desesperar, porque se estableció una deducción especial para que en el caso de que exista ganancia sujeta a impuesto, esta de 0).


Ahora bien, como les dije, podrán encontrar en la página una tabla general de las deducciones personales



y una tabla especial por cada mes (ya que es un impuesto anual que prevé como forma de pago a cuenta la retención mensual de la ganancia que obtendrá anualmente), los medios utilizaron la tabla de enero para suponer el impacto, pero como la regulación entra en vigencia el 09/07/2024 a partir de julio esta lógica no tiene sentido, porque corresponde utilizar las deducciones acumuladas para julio y no para enero.


Deducciones personales.

Enero 2024.

Julio 2024.

GAN MIN NO IMPO.

$ 257.586,25

$ 1.803.103,75

DEDUC ESPECIAL.

$1.236.414,00

$ 8.654.898,00

DEDUC ESPECIAL SAC.

$124.500,02

$ 871.500,15

-

$1.618.500,27

$ 10.458.001,75

BRUTO.

 $ 1.854.531,56

 $ 11.983.127,01

SAC

 $ 168.593,78

 $ 1.089.375,18

DESCUENTOS.

-$ 404.625,07

 -$ 2.614.500,44

BASE IMPONIBLE.

$1.618.500,27

$ 10.458.001,75

Entonces la lógica es esta, si puedo descontar de mi base imponible $1.618.500,27 (¡como mínimo! porque saben que existen otras deducciones como: hijo, cónyuge y otras deducciones personales), mi base imponible debe ser igual o menor a $1.618.500,27. Para que eso suceda, el bruto de ese mes debe ser $.1.854.531, así al computarle la doceava parte del aguinaldo y restándole los descuentos de ley que corresponden, la base imponible resulta igual al conjunto de las deducciones personales.


¿Cómo esta conformada la base imponible?

El bruto + la doceava parte en concepto del SAC - los descuentos de ley (que como podrás ver arriba suelen ser el 20% del bruto).


¿Qué sucede cuando efectivamente la base imponible supera las deducciones personales y generales?

Cuando esto suceda deberán aplicar la escala progresiva de alícuotas, que establece las sumas especificas a retener. Veras que la tabla utiliza la mención "Ganancia neta imponible acumulada" que básicamente significa: el excedente una vez restadas los descuentos y deducciones que efectivamente se encuentra gravado por el impuesto y que se encuentra integrada por las ganancias anteriores ya que el efecto acumulado permite perfeccionar la anualidad del impuesto.



Tal vez fue mucha información de golpe o capas estas tan metido en el tema, que fue una lectura casual, sea cual sea tu situación si algo de esta información pudo clarificarte tu situación frente al impuesto la misión ya esta lograda.


Este es un blog destinado a hacer el derecho más accesible para todos, su finalidad no radica en hacer notas con lenguaje técnico, ni tampoco esta dirigido a especialistas en el tema. Por eso el lenguaje que he utilizado para escribir el mismo, difiere de aquel establecido para la regulación de la temática tratada.

Si no entendiste nada del tema, si tienes consultas especificas o si quieres escribir tu opinión, ponte en contacto.

Comments


bottom of page